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Roldán, Medina y Asociados S.C.

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¡RENOVARLA O PERDERLA!

Por lo general, después de haber obtenido tus registros marcarios, te despreocupas por la vigilancia y protección de tus marcas; sin embargo, es importante precisar, que sí no estas al pendiente de ellas, alguien más puede intentar copiarlas y apropiarse de ellas, o bien, simplemente puedes llegar a perderlas, así que es necesario que tengas en cuenta que después de 10 años tus marcas se deben renovar.

Por ese motivo, es necesario contratar los servicios de un despacho especializado en propiedad intelectual, para que ellos se encarguen de vigilar tus marcas, para evitar que nadie intente imitarlas, ni apropiarse de ellas; además, te informará la estrategia para mantenerlas vigentes, los plazos para renovarlas, así como cualquier imprevisto que se pudieren llegar a presentarse.

También, es importante saber que el IMPI en esta contingencia por el virus denominado COVID-19, ha habilitado la Oficialía Electrónica de Marcas, por lo que las solicitudes de renovación de marcas se pueden presentarse desde este momento vía electrónica.

Por ende, es necesario que conserves vigentes los activos más importantes de tu empresa.


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